La evolución del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) hacia un sistema de cotización por ingresos reales afronta una fase decisiva en 2026. Más allá del ajuste técnico del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), el debate legislativo actual propone una reestructuración profunda de las cuotas para avanzar en la progresividad contributiva.
En JAP & ASOCIADOS analizamos los puntos clave de esta propuesta y cómo afectará a la planificación financiera de los profesionales por cuenta propia.
1. El nuevo modelo de tramos: Progresividad y Justicia Contributiva
El núcleo de la reforma busca que la aportación a la Seguridad Social sea estrictamente proporcional a la capacidad económica del autónomo. La propuesta se articula en dos ejes principales:
- Reducción para ingresos bajos: Se estudia la implementación de una cuota reducida o simbólica para aquellos trabajadores cuyos rendimientos netos no alcancen el Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
- Ajuste en tramos superiores: Para rendimientos netos superiores a los 6.000 euros mensuales, se prevé un incremento progresivo en las bases de cotización.
Este sistema pretende corregir la distorsión actual, donde el esfuerzo contributivo es porcentualmente mayor para quienes menos ingresan.
Infografía: Impacto de la Reforma en la Cuota RETA (Previsión 2026)
| Perfil de Ingresos (Rendimiento Neto Mensual) | Cuota Sistema Actual (2026 con MEI) | Propuesta de Reforma (Nueva Progresividad) | Impacto Estimado |
| Ingresos Bajos (< 670€) | ~230€ – 250€ | Cuota Reducida / Simbólica | 🟢 Ahorro significativo |
| Ingresos Medios (SMI – 2.500€) | Tramos progresivos vigentes | Mantenimiento o ajuste leve | 🟡 Neutral |
| Ingresos Altos (> 6.000€) | ~540€ – 590€ (según base) | Revisión al alza (Tramos superiores) | 🔴 Incremento cuota |
| Pluriactividad | Doble cotización (con devoluciones) | Cuota única / Reducida | 🟢 Mejora de liquidez |
2. Mejoras en la Protección Social y Prestaciones
La reforma no solo afecta a la recaudación, sino que aspira a equiparar los derechos del autónomo con los del régimen general:
- Acceso al desempleo: Transformar la prestación por cese de actividad en un sistema más accesible y menos restrictivo.
- Subsidio para mayores de 52 años: Inclusión de este colectivo en las ayudas por desempleo de larga duración.
- Protección por enfermedad grave: Exoneración del pago de la cuota al RETA desde el primer día de la baja por patología grave y bonificaciones para la contratación de sustitutos.
3. Eliminación de la Pluriactividad y Cargas Administrativas
Una de las medidas más esperadas es la eliminación de la doble cotización en supuestos de pluriactividad. Si la actividad por cuenta propia se considera secundaria, se establecería una cuota reducida, simplificando además los trámites de devolución de exceso de cotizaciones, que actualmente se realizan de oficio pero con desfase temporal.
4. Impacto Fiscal y Lucha contra el Fraude
El marco de la reforma trasciende la Tesorería General de la Seguridad Social para entrar en el ámbito de la AEAT e Inspección de Trabajo:
- IRPF: Reducción prevista en el tramo estatal para rentas inferiores a 25.000 euros anuales.
- Gastos Deducibles: Revisión de los criterios para computar gastos afectos, permitiendo un cálculo más fiel del rendimiento neto.
- Falsos Autónomos: Refuerzo de las campañas de inspección con sanciones más disuasorias para empresas que encubran relaciones laborales bajo la figura del RETA.
Nota técnica: La viabilidad de estas medidas de protección social dependerá de las transferencias directas desde los Presupuestos Generales del Estado para garantizar la sostenibilidad del sistema.
Preguntas Frecuentes (FAQ)
1. ¿Cuánto subirá mi cuota de autónomo en 2026?
Actualmente, las tablas de cotización mantienen la estructura pactada, con el añadido del 0,1% del MEI. Los nuevos tramos progresivos están en fase de debate legislativo.
2. ¿Qué se considera «ingresos reales» para el cálculo?
Se definen como el rendimiento neto de la actividad (ingresos menos gastos deducibles), aplicando además una deducción genérica por gastos de difícil justificación (7% para personas físicas y 3% para societarios).
3. Si soy autónomo societario, ¿me afecta igual la reforma?
Sí, aunque el cálculo de sus rendimientos netos tiene particularidades técnicas, la escala de tramos y la filosofía de ingresos reales es de aplicación general.
4. ¿Cuándo entrará en vigor la cuota reducida para ingresos bajos?
La propuesta está supeditada a la tramitación parlamentaria y a la disponibilidad presupuestaria para el ejercicio 2026.