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IRNR y cuentas de fondeo: cómo deben tributar los traders en España

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  • IRNR y cuentas de fondeo: cómo deben tributar los traders en España
  • Por Fernando Sánchez Ramos
  • Comentarios (0)
  • 5 de noviembre de 2025

Por JAP & ASOCIADOS | Asesoría fiscal, jurídica y empresarial especializada en traders

El fenómeno del trading fondeado: una nueva forma de ganar dinero

Cada vez son más los traders españoles que operan bajo prop firms internacionales —esas plataformas que ofrecen “cuentas de fondeo” donde puedes demostrar tu habilidad, operar con capital ajeno y recibir una parte de los beneficios.

La pregunta inevitable es: ¿Debo declarar estos ingresos en España? ¿Me aplica el IRNR? ¿Y si la empresa está en Estados Unidos o Reino Unido?

En JAP & ASOCIADOS te lo explicamos con claridad y sin tecnicismos innecesarios.

Qué es el IRNR y cuándo se aplica realmente

El IRNR (Impuesto sobre la Renta de No Residentes) grava las rentas obtenidas en territorio español por personas o entidades que no residen fiscalmente en España.

Base legal: Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo. Si la renta no procede de España, no se aplica este impuesto.

Las cuentas de fondeo y su verdadera naturaleza

Las prop firms no son brokers españoles ni plataformas supervisadas por la CNMV. La mayoría operan desde Estados Unidos, Reino Unido, Chequia o Dubái, y los pagos que hacen a sus traders proceden del extranjero.

Por tanto, los ingresos del trader no se consideran renta obtenida en territorio español y no están sujetos al IRNR.

Cómo tributar correctamente

Todo depende de la residencia fiscal del trader y del origen de la renta. En la siguiente tabla se resumen los casos más comunes:

Situación¿Aplica IRNR?Tributación correcta
Trader no residente que cobra de una prop firm españolaSíIRNR (Modelo 210)
Trader no residente que cobra de una prop firm extranjeraNoTributa en su país de residencia
Trader residente fiscal en España que cobra de una prop firm extranjeraNoIRPF como rendimientos de actividad económica o ganancias patrimoniales
Sociedad española fondeadaNoImpuesto sobre Sociedades

Ejemplo práctico

Imagina que eres un trader residente en Toledo, trabajas desde casa y operas con una prop firm estadounidense. Superas la fase de evaluación y cobras 3.000 € mensuales de profit split.

Este ingreso no está sujeto a IRNR, porque la renta procede del extranjero. Deberás incluirlo en tu IRPF, declarar los pagos trimestrales (Modelos 130 y 303 si estás en estimación directa) y, si superas 50.000 € en saldos o derechos en el extranjero, informar mediante el Modelo 720 o 721.

Normativa y referencias legales

  • Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo (Ley del IRNR)
  • Artículo 12: rentas obtenidas en territorio español
  • Convenios para evitar la doble imposición según el país de la prop firm
  • Consulta Vinculante V3079-21 (DGT): servicios prestados desde España a entidades extranjeras tributan en IRPF, no en IRNR

Conclusión JAP & ASOCIADOS

El IRNR no se aplica a los ingresos obtenidos por cuentas de fondeo si la prop firm está fuera de España y el trader es residente fiscal español. Estos ingresos deben declararse en el IRPF o en el Impuesto sobre Sociedades, según el caso.

En JAP & ASOCIADOS ayudamos a traders, inversores y autónomos a estructurar su fiscalidad, evitar sanciones y optimizar su tributación tanto en España como en el extranjero. Porque operar con cabeza también significa operar con Hacienda bajo control.

Contacta con nosotros

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C/ Toledo, 34. 1ª Planta. Parla. Madrid
Correo electrónico: info@japyasociados.com
Web: www.japyasociados.com

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